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Derechos de Autor

13
Agosto
2026

Registro de Derechos de Autor

Registro de derechos de autor en Colombia ante la DNDA

El registro de derechos de autor en Colombia permite inscribir obras y otros contenidos protegidos ante la Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA). El registro es gratuito y constituye un importante medio de prueba y publicidad, aunque la protección del derecho de autor nace desde la creación de la obra y no depende de su registro.

A continuación explicamos qué puede registrarse, ante qué entidad debe realizarse el trámite, cuánto cuesta, cuánto demora y cuáles son sus principales efectos.

Categories: Derechos de Autor

02
Enero
2026

¿Cómo Registrar un Software en Colombia?

En Colombia, el software (programas de ordenador, soporte lógico o aplicaciones informáticas) se registra a través de la Dirección Nacional de Derechos de Autor.

Como Registrar Software en Colombia

Categories: Derechos de Autor

02
Enero
2025

Registro de Obras

En esta página le explicaremos como realizar el registro de obras literarias o artísticas ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor (DNDA).

Registro de Obras

Categories: Derechos de Autor

01
Enero
2025

¿Cómo Proteger una App en Colombia?

En Colombia, proteger una app (aplicación) o software es fundamental para evitar la violación de derechos de autor y la apropiación indebida de su propiedad intelectual. Para proteger, en debida forma, una app o software se debe registrar: 1) el software y 2) la marca de la app.

¿Cómo Proteger una App en Colombia?

A continuación, se describen los pasos necesarios para proteger tanto el software como la marca asociada a una app.

Categories: Derechos de Autor

01
Enero
2025

Registro de Software: Requisitos para Registrar Software

En este artículo le enseñaremos como realizar el registro de software en Colombia, así como los pasos y requisitos para el registro de software.

Registro de Software

Categories: Derechos de Autor

27
Julio
2016

Derecho de Autor No Protege Ideas

La protección que concede el derecho de autor se otorga a partir del momento en que el autor crea su obra, es decir, no se protegen las ideas fuente de creación. En efecto, en Colombia se protege exclusivamente la forma como las ideas son descritas, explicadas e ilustradas por el autor.

En efecto, indicó la Dirección Nacional de Derecho de Autor, el artículo 6, inciso dos, de la Ley 23 de 1982 establece que las ideas o contenido conceptual de las obras literarias, artísticas o científicas no son objeto de apropiación y se protege la forma literaria, plástica o sonora como las ideas del autor son descritas, explicadas, ilustradas o incorporadas en las obras literarias, científicas o artísticas.

Derecho de Autor

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