Registro de Marcas en Cámara de Comercio: ¿Se Puede Hacer?

Si usted está buscando cómo hacer el registro de marcas en la Cámara de Comercio, debe tener en cuenta una diferencia fundamental: las marcas no se registran ante las cámaras de comercio. En Colombia, la autoridad competente para conceder el registro de una marca es la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
Las cámaras de comercio administran, entre otros, el registro mercantil de comerciantes, sociedades y establecimientos de comercio. Por esta razón, registrar una empresa o su razón social ante una cámara de comercio no equivale a registrar una marca ni otorga, por sí solo, el derecho exclusivo sobre ella.
¿Dónde se registran las marcas en Colombia?
Las marcas de productos y servicios se registran ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), que es la autoridad colombiana encargada de administrar el sistema nacional de propiedad industrial.
De acuerdo con el régimen andino de propiedad industrial, el derecho al uso exclusivo de una marca se adquiere mediante su registro ante la oficina nacional competente. En Colombia, esa autoridad es la SIC.
En consecuencia, la inscripción de una sociedad, establecimiento de comercio o razón social ante una cámara de comercio y el registro de una marca ante la SIC son trámites jurídicamente distintos, con finalidades y efectos diferentes.
¿Qué registra entonces la Cámara de Comercio?
Si usted desea constituir una sociedad, matricularse como comerciante o registrar un establecimiento de comercio, el trámite correspondiente sí se realiza ante la cámara de comercio competente mediante el registro mercantil.
Al momento de constituir una empresa también se verifica, entre otros aspectos, la disponibilidad del nombre frente a otros nombres inscritos en el registro mercantil. Esta consulta se conoce habitualmente como consulta de homonimia.
Sin embargo, que una denominación pueda inscribirse como razón social o nombre empresarial no significa que pueda registrarse como marca. Son sistemas independientes y la posibilidad de registrar una marca debe analizarse frente a las normas de propiedad industrial y los signos previamente solicitados o registrados ante la SIC.
Si desea profundizar en esta diferencia, puede consultar nuestro artículo sobre las diferencias entre el registro de marca y el registro mercantil.
Si lo que desea es constituir una empresa en Colombia, puede consultar nuestra información sobre constitución de sociedades y derecho corporativo.
¿Qué es una marca registrada?
Una marca es un signo que permite distinguir los productos o servicios de una empresa de los de otras empresas. Puede estar conformada, entre otras posibilidades, por palabras, elementos gráficos o una combinación de ellos, siempre que cumpla los requisitos legales aplicables.
Cuando la SIC concede su registro, el titular adquiere el derecho exclusivo sobre la marca en los términos y dentro del alcance previsto por la normativa de propiedad industrial.
¿Cómo registrar una marca ante la SIC?
El registro de una marca exige identificar correctamente el signo que se desea proteger, los productos o servicios que distinguirá y presentar la correspondiente solicitud ante la SIC.
Antes de presentar la solicitud resulta especialmente recomendable revisar la existencia de marcas previamente solicitadas o registradas que puedan representar un obstáculo para el nuevo registro.
- Definir claramente la marca que se desea registrar.
- Determinar los productos o servicios que serán identificados con la marca y su clasificación correspondiente.
- Realizar una búsqueda de antecedentes marcarios para identificar posibles riesgos de registro.
- Preparar y presentar la solicitud de registro ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
- Pagar las tasas oficiales aplicables al trámite.
- Realizar seguimiento al procedimiento hasta que la SIC adopte una decisión.
Puede consultar información más detallada sobre este procedimiento en nuestro artículo sobre requisitos para registrar una marca en Colombia.
¿Registrar una empresa protege automáticamente su marca?
No. La matrícula mercantil o la constitución de una sociedad ante una cámara de comercio no reemplazan el registro de marca ante la SIC.
Por ello, una empresa puede estar correctamente constituida y registrada en el registro mercantil y, aun así, no ser titular de un registro de marca sobre el nombre o signo que utiliza para identificar sus productos o servicios.
Esta distinción resulta especialmente importante al momento de seleccionar el nombre de una nueva empresa, producto o servicio: antes de invertir en publicidad, empaques, dominio de Internet o posicionamiento comercial, conviene verificar también su situación desde el punto de vista marcario.
Preguntas frecuentes sobre marcas y Cámara de Comercio
¿Puedo registrar una marca en la Cámara de Comercio?
No. En Colombia, el registro de marcas corresponde a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). Las cámaras de comercio administran el registro mercantil, que cumple una función diferente.
¿Registrar el nombre de una empresa equivale a registrar una marca?
No. La inscripción del nombre o razón social en el registro mercantil no sustituye el registro de marca ante la SIC.
¿Dónde puedo consultar si una marca ya está registrada?
Antes de solicitar un registro es posible revisar los antecedentes marcarios para identificar solicitudes o registros anteriores que puedan resultar relevantes. Si desea iniciar el proceso, consulte nuestro servicio de registro de marcas en Colombia.
Descargue gratuitamente el manual para registrar una marca en Colombia
Consulte esta guía práctica y conozca los principales aspectos, requisitos y etapas del proceso de registro de una marca ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
¿Quiénes somos?
Cárdenas Vega Asesores S.A.S. es una firma de abogados especializada en propiedad intelectual y derecho comercial. Somos miembros de reconocidas organizaciones nacionales e internacionales especializadas en propiedad intelectual y hemos sido avalados por la Cámara de Comercio de Bogotá para integrar su directorio de consultores y formadores especializados en el apoyo a empresarios y organizaciones en sus procesos de mejoramiento de gestión.
Sobre el autor
Artículo escrito por Luis Fernando Patrón Fuentes, abogado experto en propiedad intelectual y exfuncionario de la Superintendencia de Industria y Comercio, donde se desempeñó como Jefe del Grupo de Oposiciones y Cancelaciones de la Dirección de Signos Distintivos. Ha sido reconocido por Chambers & Partners, World Trademark Review (WTR) y Best Lawyers entre los abogados destacados de Colombia en materia de propiedad intelectual.
