¿Se Puede Registrar una Obra Hecha con IA?
Sí, en Colombia se puede registrar una obra creada con ayuda de inteligencia artificial si el material presentado contiene una creación original atribuible a una persona. Por ejemplo, una escritora puede solicitar el registro de una novela que redactó y revisó con IA. Si se limita a dar una instrucción y presenta el texto que generó el sistema, ese resultado carece de la autoría humana que exige el registro de obras.
Entre esos dos casos están los proyectos que combinan aportes humanos y material generado. Imagine un libro escrito por una persona con una portada generada por IA. El texto y la portada forman parte de la misma publicación, pero la solicitud debe dejar claro qué se pretende registrar. Esa distinción explica la importancia del campo que incorporó la Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA) para declarar el aporte de la herramienta.
Qué puede registrar cuando interviene la inteligencia artificial
El artículo 3 de la Decisión Andina 351 de 1993 define al autor como la persona física que realiza la creación intelectual. El artículo 7 protege la forma en que se expresan las ideas. Aplicadas a un proyecto con IA, estas reglas llevan a una pregunta concreta. ¿Qué expresión original de una persona quedó en la versión presentada?
Una obra original creada con asistencia técnica
Un fotógrafo toma una imagen y emplea IA para reducir el ruido. Una autora redacta un ensayo y usa la herramienta para detectar erratas. En ambos casos puede solicitarse el registro de la creación humana si reúne los requisitos legales. En la descripción del proceso, indique qué tarea cumplió la herramienta y cómo se utilizó su resultado.
Un resultado generado a partir de instrucciones
Una persona describe un paisaje, prueba distintas instrucciones y escoge la imagen que más se aproxima a lo que imaginó. Esas acciones explican cómo obtuvo la imagen, pero por sí solas no acreditan que haya creado su expresión visual. La DNDA ha indicado que los resultados generados a partir de instrucciones carecen de aptitud para el registro como obras cuando no son producto de decisiones creativas humanas.
Una creación que incorpora material generado
Suponga que una ilustradora conserva un fondo generado, dibuja los personajes y compone la escena final. Puede presentar a examen sus aportes originales e identificar el fondo como material generado. La procedencia del registro depende de la creación concreta que se presenta y de cómo se delimitan esos aportes.
También puede haber originalidad en la selección y disposición de materiales, como en una secuencia visual concebida y ordenada por una persona. Los artículos 4, literal ll), y 28 de la Decisión 351 permiten examinar la protección de una compilación por su organización original. Esa protección recae sobre la selección o disposición creativa. Los elementos individuales se examinan por separado.
Qué cambió en los formularios de la DNDA
Los formularios oficiales publicados para el registro presencial o por correspondencia de obras literarias, obras artísticas, software y fonogramas incluyen un campo para declarar cuál fue el aporte de la IA cuando se utilizó en la creación. El cambio permite explicar esa intervención desde la solicitud, antes de que la Oficina de Registro examine el material.
Para diligenciar el campo, describa la tarea que realizó el sistema, identifique el material generado que permaneció en la versión presentada y precise qué hizo usted o su equipo. El nombre de la aplicación puede dar contexto. La información decisiva es si la herramienta corrigió, generó o transformó algún componente y qué expresión original aportaron las personas.
Un antecedente que explica por qué importa la declaración
En la Resolución 079 del 14 de marzo de 2025, la DNDA examinó una solicitud de registro de obra artística que identificaba el uso de Meta AI. La Oficina de Registro pidió al solicitante que explicara su aporte creativo a la imagen y finalmente negó la inscripción. El caso muestra que la entidad ya examinaba la contribución humana en expedientes concretos. El campo del formulario permite abordar esa cuestión desde la radicación.
Cómo describir el aporte de la IA según el tipo de solicitud
Estos ejemplos muestran el grado de detalle que permite distinguir los aportes. Ajuste la descripción a los hechos de su proyecto y al material que presenta.
- Libro con portada generada. «Escribí el manuscrito completo. La herramienta generó la imagen de portada. Solicito el registro del texto literario».
- Dibujo con un fondo generado. «La herramienta generó el fondo de la escena. Dibujé los personajes y elaboré la composición final. El fondo generado permanece en el archivo presentado».
- Software con código generado. «El equipo escribió los módulos de facturación y autenticación. La herramienta generó la primera versión del módulo de exportación. El equipo reescribió la validación de campos y el manejo de errores».
- Fonograma con acompañamiento generado. «La voz fue interpretada y grabada por una persona. El sistema generó la pista de acompañamiento que se incorporó a la grabación final».
En el último ejemplo, el objeto de la solicitud es la fijación sonora. La autoría de la letra o de la composición y los eventuales derechos conexos del productor del fonograma se examinan conforme a sus propias reglas. La presencia de un campo sobre IA en el formulario de fonogramas permite informar su intervención. La procedencia de la inscripción depende de las características de la grabación y de los requisitos aplicables.
Qué alcance tiene la advertencia sobre información falsa
Los formularios advierten sobre la falsedad o el ocultamiento de información y remiten al artículo 288 de la Ley 599 de 2000. Esa norma tipifica la obtención de documento público falso. Se refiere a quien, para obtener un documento público que pueda servir de prueba, induce en error a un servidor público en ejercicio de sus funciones y hace que consigne una falsedad o calle total o parcialmente la verdad.
La responsabilidad penal exige verificar los elementos del delito en el caso concreto. Un error de diligenciamiento, por sí solo, es insuficiente. Si descubre una inexactitud después de radicar, consulte con la DNDA cómo aclararla o corregirla según el estado de la solicitud.
Cómo preparar la solicitud de registro
- Defina qué quiere inscribir. Identifique si presenta un manuscrito, una ilustración, un programa, una obra audiovisual o un fonograma. Si el producto reúne varios componentes, como un libro ilustrado o un videojuego, examine qué se presenta en cada categoría.
- Identifique a los autores y al solicitante. Si la solicitud la presenta una empresa que adquirió derechos patrimoniales, revise el documento que respalda esa adquisición. La persona que solicita el registro, la que creó la obra y la titular de los derechos patrimoniales pueden ser distintas.
- Compare la declaración con el archivo final. Revise que el material presentado corresponda a lo que describe. Si afirma que la IA se usó solo para generar referencias, compruebe si alguna salida del sistema quedó incorporada en el archivo.
- Conserve evidencia del proceso creativo. Guarde borradores, bocetos, archivos por capas, historial del código o pistas de audio, según el caso. Si la DNDA pide una aclaración, esos materiales ayudan a mostrar dónde se encuentra el aporte humano en la versión presentada.
- Revise los requisitos de la categoría elegida. Consulte el formulario vigente y los formatos admitidos para el canal de presentación. Si recibe un requerimiento, responda sobre el aporte concreto al que se refiere la Oficina de Registro y aporte los soportes pertinentes.
Qué acredita el registro de una obra asistida por IA
Según los artículos 52 y 53 de la Decisión 351, la protección de una obra surge sin necesidad de inscripción. El registro es declarativo y los hechos y actos inscritos se presumen ciertos salvo prueba en contrario. Su valor es probatorio. La inscripción no convierte un resultado automatizado en una creación humana ni amplía los derechos sobre los materiales incorporados.
Si usted va a publicar, licenciar o vender el producto, revise por separado los permisos sobre material ajeno y las condiciones de uso de la herramienta. Por ejemplo, el registro del texto de un libro y el permiso para usar comercialmente su portada generada responden a preguntas distintas. El primero ayuda a acreditar lo inscrito respecto del manuscrito. El segundo depende de las condiciones aplicables a la imagen y de los posibles derechos de terceros.
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