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24
Febrero
2016

P&G No Consiguió Registrar como Marca un Envase para Detergente

Uno de los objetivos de la multinacional estadounidense Procter & Gamble Company es ofrecer productos novedosos a sus consumidores. Por eso invierte más de US$2 millones anuales en su departamento de innovación y diseño, según indica en su página web.

Pero al parecer se quedó corto al  crear una marca tridimensional que fuera distintiva, ya que la Superintendencia de Industria y Comercio no aprobó el registro marcario de un empaque que identifica artículos de la clase 3, que contiene “preparaciones para blanquear y otras sustancias para uso en el lavado de ropa, incluyendo las preparaciones para lavar platos”.

Envase Detergente P&G

Según Tatiana Carrillo, de la firma de abogados Lloreda, Camacho & Co., “las marcas tridimensionales son una gran herramienta de mercadeo para las empresas, pues le adicionan un elemento más para que el consumidor tenga más fácil recordación del producto frente a los demás del mercado”.

Sin embargo, para la Dirección de Signos Distintivos, la marca tridimensional de P&G no cumple con esta cualidad mencionada por Carrillo, ya que la estructura del envase es común entre productos de este tipo.

El recipiente cuenta con  líneas que no aportan ningún elemento diferenciador,  y por lo tanto, las cualidades en conjunto no bastan para que un usuario reconozca el artículo y lo asocie con la empresa que lo creó.

Estos motivos dieron lugar a una primera negativa de la SIC, que fue refutada por el apoderado Álvaro Correa mediante un documento de apelación. En este manifestó que no existen productos de aseo con presentaciones similares en el mercado, ya que su empaque combina relieves y figuras arbitrarias. Además, para dar peso a su argumento, mencionó que en Estados Unidos la distintividad de esta marca fue reconocida, incluso en la misma clase en la que fue solicitada en Colombia.

Aún así, la respuesta del Superintendente Delegado fue negativa para P&G, debido a que   “el envase es usual para productos tales como detergentes y lavavajillas” y  su uso es imprescindible para los demás empresarios del sector. Siendo así negó la marca porque es imposible monopolizarla.

Luis Fernando Patrón, socio de la firma Cárdenas Vega Asesores, está de acuerdo con esta resolución, pues “con decisiones como esta, lo que se busca es proteger los intereses de los competidores de cierta categoría de productos, así como el buen funcionamiento del mercado en general”.

Por el contrario, Elsa Quinche, de Q&D Abogados, aseguró que el “envase tiene ciertos rasgos característicos, sobre los que justamente recaerían los derechos de P&G”. Y aseguró que  “sería interesante llevar el caso ante el Consejo de Estado para conocer su posición”.

Las opiniones

Luis Fernando Patrón

Socio de la Firma Cárdenas Vega Asesores S.A.S

“La decisión de la SIC está ajustada a derecho, ya que si se le concediese el registro marcario al solicitante, una forma común o usual podría ser monopolizada por la vía del registro marcario a perpetuidad”.

Elsa Quinche

Abogada de Q&D Abogados

“No se trata de un envase común y corriente, sino con ciertos rasgos característicos, sobre los que justamente recaerían los derechos de P&G y no sobre el concepto de envase, aisladamente considerado”.

* Artículo tomado de www.larepublica.co. 23 de febrero de 2016. Autor: Melisa Echeverri. Editor: Natalia Cubillos Murcia.

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